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Programas de Subsidios y Otros Beneficios Propios

A continuación se detalla el programa de subsidio de este Organismo (Instituto de Previsión Social), relativo a Aporte Familiar Permanente - Bono Marzo.


Diseño del Subsidio o Beneficio
Objetivo del Subsidio
o Beneficio
Individualización del acto que estableció el programa
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona
Requisitos y antecedentes para postular
Monto global asignado
Período o plazo de postulación
Criterio de evaluación y asignación
Plazos asociados al procedimiento  de evaluación y asignación
Tipo
Denominación
Número
Fecha
dd/mm/aaaa
Link texto íntegro
Enlace a Nómina de Beneficiarios
Enlace a mayor información
División Beneficios.
Requisitos:
El Aporte Familiar Permanente se concede (no se postula) una vez al año a quienes, al 31 de diciembre del año anterior a su otorgamiento, sean beneficiarios del Subsidio Familiar o de Asignación Familiar y Maternal, siempre que perciban esta última por tener ingresos iguales o inferiores al límite máximo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 18.987. El Aporte también será recibido por las familias que al 31 de diciembre del año anterior a su otorgamiento sean beneficiarias del Subsistema "Seguridades y Oportunidades" y del "Chile Solidario".
MM$144.941
No hay
El Aporte se asigna a todos los beneficiarios que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley.
La Superintendencia de Seguridad Social proporcionará al IPS las nóminas de los beneficiarios y causantes tanto del Subsidio Familiar como de la Asignación Familiar y Maternal que tengan derecho al Aporte. Asi también el Ministerio de Desarrollo Social entregará al IPS las familias pertenecientes a Seguridades y Oportunidades y de Chile Solidario que tengan derecho al Aporte. Dado que el Aporte debe ser pagado en marzo, los procesos IPS requieren que las nóminas señaladas anteriormente se remitan al IPS durante el mes de febrero de cada año.
Apoyar económicamente a las familias con un Aporte de $45.212 por cada causante de Subsidio familiar o asignación familiar o maternal. En el caso de los beneficarios de los programas del MINDES es sólo $45.212 por familia. Este Aporte permitirá enfrentar de mejor forma los gastos extras que cada marzo deben enfrentarse.
Ley
Concede Aporte Familiar Permanente de marzo y ajusta norma que indica
20.743
26/03/2014
Observación:
  1. En los casos que no figura apellido paterno y/o materno, se revisaron las bases de datos del IPS y del Servicio de Registro Civil e Identificación, no encontrando dicha información.
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