Denominación (tipologías) |
Tipo de norma | Número | Denominación Norma |
Fecha (dd/mm/aaaa) |
Fecha, medio y forma de publicación | Tiene efectos generales | Fecha última actualización (dd/mm/aaaa), si corresponde a actos y resoluciones con efectos generales |
Breve descripción del objeto del acto | Enlace a la publicación o archivo correspondiente |
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Trabajo Pesado | Resolución | 573 | Se califica como
Trabajo Pesado, la labor de "Técnico Paramédico". |
21/12/2016 | DO: 10/01/2017 | Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 573, de
21 de diciembre de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se califica e incorpora al Listado Oficial de Actividades
e Industrias Diversas calificadas como Trabajo Pesado, la labor de
"Técnico Paramédico", realizada por doña Mará Inés Alegría
Faúndez, para el empleador "Hospital de Constitución", dependiente
del Servicio de Salud Maule. |
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Trabajo Pesado | Resolución | 558 | Se califica como
Trabajo Pesado, la actividad de "Chofer Conductor y Recaudador
Locomoción Colectiva - Transporte de Pasajero Zona Urbana". |
07/12/2016 | DO: 10/01/2017 | Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 558, de
07 de diciembre de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se califica e incorpora al Listado Oficial de Actividades
e Industrias Diversas calificadas como Trabajo Pesado, la labor de
"Chofer Conductor y Recudador Locomoción Colectiva - Transporte
de Pasajeros Zona Urbana", realizada por don Luis Nemesio Álvarez
Leyton, para los empleadores "Francisco José Peirano Gamboa"
y "Hernan Caramori Allende". |
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Trabajo Pesado | Resolución | 552 | Se califica como
Trabajo Pesado, la labor de "Fotograbador del Departamento de
Impresión de Valores, Sección Fotograbado Offset y Tipografía". |
02/12/2016 | DO: 10/01/2017 | Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 552, de
02 de diciembre de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se califica e incorpora al Listado Oficial de Actividades
e Industrias Diversas calificadas como Trabajo Pesado, la labor de
"Fotograbador del Departamento de Impresión de Valores, Sección
Fotograbado, Offset y Tipografía", realizad por don Abraham Guillermo
Vergara Isamit, para el empleador "Casa de Moneda de Chile". |
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Trabajo Pesado | Resolución | 551 | Se califica como
trabajo pesado, la actividad de "Auxiliar de Servicio Caldera". |
02/12/2016 | DO: 10/01/2017 | Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 551, de
02 de diciembre de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se califica e incorpora al Listado Oficial de Actividades
e Industrias Diversas calificadas como Trabajo Pesado, la labor de
"Auxiliar de Servicio Caldera" realizada por don Luis Humberto
Reyes Reyes, para el empleador "Hospital Geriátrico la Paz de
la Tarde Limache", dependiente del Servicio de Salud de Viña
del Mar. |
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Trabajo Pesado | Resolución | 550 | Se califica como
trabajo pesado, las Faenas de "Jefe de Máquina" y de "Motorisata
de Remolcadores". |
02/12/2016 | DO: 10/01/2017 | Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 550, de
02 de diciembre de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se califica e incorpora al Listado Oficial de Actividades
e Industrias Diversas calificadas como Trabajo Pesado, las faenas
de "Jefe de Maquina" y de "Motorista de Remolcadores",
desempeñadas por don Carol Carvallo Esparza, para los empleadores
"Pesquera e Inversiones Marazul Ltda" y "Kenrick y
CÍA S.A.". |
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Trabajo Pesado | Resolución | 530 | Se rechaza calificación
como Trabajo Pesado, la labor de "Técnico Paramédico". |
21/11/2016 | DO: 09/12/2016 | Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 530, de
21 de noviembre de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se rechaza e incorpora al Listado Oficial de Actividades e
Industrias Diversas calificadas como Trabajo No Pesado, labor de “Técnico
Paramédico”, desarrollada por doña María Cecilia Lozano Merino, en
el pabellón Pediatría del Servicio de Medicina y Servicio de Esterilización
del “Hospital de Mulchén”. |
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Trabajo Pesado | Resolución | 511 | Se califica como
Trabajo Pesado, la faena de "Maestro Mécanico". |
07/11/2016 | DO: 09/12/2016 | Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 511, de
07 de noviembre de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se califica e incorpora al Listado Oficial de Actividades
e Industrias Diversas calificadas como Trabajo Pesado, la actividad
de “Maestro Mecánico”, desarrollada por don Wilson Tapia González,
para los empleadores “Leiva Hermanos” y “Cáceres y Cía. Ltda”. |
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Trabajo Pesado | Resolución | 504 | Se califica como
Trabajo Pesado, la faena de "Auxiliar Ayudante Operador Camión
Lubricador, Sección Mina Operaciones Oficina Pedro de Valdivia". |
02/11/2016 | DO: 09/12/2016 | Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 504, de
02 de noviembre de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se califica e incorpora al Listado Oficial de Actividades
e Industrias Diversas calificadas como Trabajo Pesado, la actividad
de “Auxiliar Ayudante Operador Camión Lubricador, Sección Mina Operaciones
Oficina Pedro de Valdivia”, desarrollada por don Segundo Hipólito
Díaz Vega, para el empleador “SOQUIMICH”. |
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Trabajo Pesado | Resolución | 408 | Se califican como
trabajo pesado, las actividades que se indican, desarrolladas para
el empleador "Compañía Minera Zaldívar Ltda." |
24/08/2016 | DO: 13/09/2016 | Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 408, de
24 de agosto de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se califica como Trabajo Pesado, la Labor de "Operario
Subterráneo”, “Operario Mina” y “Minero”, desempeñada para el empleador
"Compañía Minera Zaldívar Limitada”, por don Carlos Alexis Veragua
Zepeda. |
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Trabajo Pesado | Resolución | 407 | Se califican como
trabajo pesado, las labores de "Operador Máquina Lavadora de
Electrodos" y de “Operador Máquina Lavadora de Cátodos",
desarrollada para el empleador "Codelco Chile, División Potrerillos". |
24/08/2016 | DO: 13/09/2016 | Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 407, de
24 de agosto de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se califica como Trabajo Pesado, la Labor de "Operador
Máquina Lavadora de Electrodos” y de “Operador Máquina Lavadora de
Cátodos”, desempeñada para el empleador "Codelco Chile, División
Potrerillos”, por don José Jofré Díaz. |
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Trabajo Pesado | Resolución | 406 | Se califica como
trabajo pesado, la actividad de "Técnico Paramédico", desarrollada
para el empleador "Servicio de Salud Osorno - Hospital Base San
José Osorno". |
24/08/2016 | DO: 13/09/2016 | Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 406, de
24 de agosto de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se califica como Trabajo Pesado, la Labor de "Técnico
Paramédico”, desempeñada para el empleador "Servicio de Salud
Osorno – Hospital Base San José Osorno”, por doña Patricia Edith Kahler
Andrade. |
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Trabajo Pesado | Resolución | 394 | Se califica como
trabajo pesado, la actividad que indica, desarrollada para elempleador
"Camanchaca Pesca Sur S.A.". |
19/08/2016 | DO: 13/09/2016 | Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 394, de
19 de agosto de 2016, se califica como Trabajo Pesado, la Labor de
"Oficial Motorista Embarcado”, desempeñada para el empleador
"Camanchaca Pesca Sur S.A.”, por don Luis Flores Tapia. |
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Trabajo Pesado | Resolución | 373 | Se rechaza calificar
como trabajo pesado, la actividad de "Transcriptor", desarrollada
para el empleador "Presidencia de la República". |
02/08/2016 | DO: 13/09/2016 | Sí | 16/01/2017 | Por Resolución Exenta N° 373, de
02 de agosto de 2016, se rechaza la solicitud presentada por don Mario
Alfonso Lorca Severino, para Calificar como Trabajo Pesado la actividad
de “Transcriptor”, desempeñada para el empleador “Presidencia de la
República”, por no haberse configurado los requisitos legales y reglamentarios
establecidos al efecto. |
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Trabajo Pesado | Resolución | 239 | Se califica como
Trabajo Pesado, la actividad que indica, desarrollada para el empleador,
"Hospital San Juan de Dios del Servicio de Salud Metropolitano
Occidente". |
26/05/2016 | DO: 10/06/2016 . |
Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 239, de
26 de mayo de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se califica e incorpora al Listado Oficial de Actividades
e Industrias Diversas calificadas como Trabajo Pesado, la labor de
“Auxiliar de Servicio y Técnico Paramédico, Unidad de Cuidados Intensivos
(UCI)”, desarrollada por doña Susana Tapia Lizama, para el empleador
“Hospital San Juan de Dios del Servicio de Salud Metropolitano Occidente”. |
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Trabajo Pesado | Resolución | 103 | Se califica como
Trabajo Pesado, las actividades que se indican, desarrolladas para
la empleadora "Distribuidora Via Directa S.A.". |
11/03/2016 | DO: 08/04/2016 . |
Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 103, de
11 de marzo de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se califica e incorpora al Listado Oficial de Actividades
e Insdustrias Diversas calificadas como Trabajo Pesado, las Labores
de "Ayudante de Despacho" y "Supervisor de Terreno",
desarrollada por Don Leopoldo Ibañez Perez, para el empleador "Distribuidora
Via Directa S.A.". |
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Trabajo Pesado | Resolución | 102 | Se califica como
Trabajo Pesado, la actividad que indica, desarrollada para los empleadores
"Sara Astaburuaga Cuevas", "Compañía de Transportes
de Pasajeros de Santiago" y "Carlos Lizárraga Novoa". |
11/03/2016 | DO: 08/04/2016 . |
Sí | Sin modificaciones | Por Resolución Exenta N° 102, de
11 de marzo de 2016, del Director Nacional del Instituto de Previsión
Social, se califica e incorpora al Listado Oficial de Actividades
e Insdustrias Diversas calificadas como Trabajo Pesado, la Labor de
"Chofer - Conductor, Locomoción Colectiva", desarrollada
por don Emiliano Patricio Merino Ramirez, para los empleadores a)
"Sara Astaburuaga Cuevas", b) "Compañía de Transportes
de Pasajeros de Santiago" y c) "Carlos Lizárraga Novoa". |
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Trabajo Pesado | Resolución | 54 | Se califica como
trabajo pesado, la labor de "Técnico Paramédico, Unidad de Neonatología",
desarrollada para el empleador "Hospital Regional de Rancagua",
por Doña Marlene Aurora Torres Espinoza. |
15/02/2016 | DO: 14/03/2016. |
Sí | Sin modificaciones | Se califica como trabajo pesado,
la labor de "Técnico Paramédico, Unidad de Neonatología",
desarrollada para el empleador "Hospital Regional de Rancagua",
por Doña Marlene Aurora Torres Espinoza. |
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Trabajo Pesado | Resolución | 23 | Se califica como
Trabajo Pesado, la actividad que indica, desarrollada para el Empleador
"Comercial Transportes Hodde Anselmi Ltda." |
26/01/2016 | DO: 12/02/2016. |
Sí | Sin modificaciones | Se califica como Trabajo
Pesado, la actividad de "Cargador de Gas Licuado", desarrollada
para el Empleador "Comercial Transportes Hodde Anselmi Ltda." |
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Notas:
1) Los actos administrativos están ordenados cronológicamente según su fecha
de publicación en el Diario Oficial de Chile.
2) No existen resoluciones sobre Trabajos Pesados para los meses de abril, junio, julio, septiembre y octubre de 2016 publicadas en el Diario Oficial de Chile.