Diseño del Subsidio o Beneficio | Objetivo del Subsidio o Beneficio |
Individualización del acto que estableció el programa | |||||||||||
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Unidad, órgano interno o dependencia
que lo gestiona |
Requisitos y antecedentes para postular |
Monto global asignado |
Período o plazo de postulación |
Criterio de evaluación y asignación |
Plazos asociados al procedimiento
de evaluación y asignación |
Tipo |
Denominación |
Número |
Fecha |
Link texto íntegro |
Enlace a Nómina de Beneficiarios |
Enlace a mayor información |
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División de Beneficios. |
Ser cónyuge de beneficiario de pensión
de la Ley N° 19.992 o de quién habiendo sido identificado en el "Listado
de prisioneros políticos y torturados", (causante), no hubiere
percibido la pensión por un hecho no imputable a su persona. |
MM$4.507. |
No hay restricción de plazo para que la cónyuge
sobreviviente solicite el beneficio. |
Acreditar viudez con el beneficiario o causante
que no hubiere percibido el beneficio. |
Recibida la solicitud y verificado
el cumplimiento de requisitos, se concede la pensión a contar del
día primero del mes subsiguiente al de la fecha de presentación de
la solicitud. |
Pensión en favor de la cónyuge sobreviviente
de los beneficiarios de la pensión establecida en el artículo 1° de
la Ley N° 19.992 y, de la cónyuge sobreviviente de quien, habiendo
sido individualizado en el "Listado de prisioneros políticos
y torturados" señalado en el mismo artículo, no hubiere percibido
la pensión por un hecho no imputable a su persona. |
Ley |
Del Instituto Nacional de Derechos Humanos |
N° 20.405, art. 7°, 8° y 9° Transitorio. |
10/12/2009 |