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Programas de Subsidios y Otros Beneficios Propios

A continuación se detalla el programa de subsidio de este Organismo (Instituto de Previsión Social), relativo a Subsidio Familiar.

Diseño del Subsidio o Beneficio Objetivo del Subsidio
o Beneficio
Individualización del acto que estableció el programa
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto global asignado Período o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación Tipo Denominación Número Fecha
dd/mm/aaaa
Link texto íntegro Enlace a Nómina de Beneficiarios Enlace a mayor información
División Beneficios. Es un beneficio para personas de escasos recursos. Cada causante (Hijos menores, madres con hijos a sus expensas, mujer embarazada, recién nacido, inválidos y discapacitados mentales), deben cumplir requisitos propios y y obtener una Calificación Socioeconómica menor igual a 60 en el Registro Social de Hogares. El cumplimiento de los requisitos y los antecedentes son evaluados por la Municipalidad. Un valor igual al monto de la asignación familiar tramo 1, en su valor simple o duplo, según corresponda por tipo de causante. No hay un plazo para solicitarlo, en tanto hayan causantes que cumplan con los requisitos. La solicitud se hace ante la Municipalidad donde registra domicilio el solicitante. El beneficio dura tres años y se puede renovar postulando nuevamente en el Municipio si continúa cumpliendo con los requisitos. Dependerá de las características de cada causante que tenga derecho a optar a este beneficio y de la situación de vulnerabilidad del grupo familiar. Recepcionadas las postulaciones mensuales desde cada Municipalidad, se procesa y se dicta resolución al quinto día hábil del mes siguiente a la recepción de los archivos de postulación. El beneficio se paga a contar del mes siguiente a la Fecha que se dicta la Resolución. Asignar una ayuda monetaria en favor de una familia en situación de alta vulnerabilidad y que no ha accedido a la asignación familiar contemplado en el DFL 150. Ley Establece subsidio familiar para personas de escasos recursos y modifica normas que indica. 18.020 17/08/1981 ver enlace ver nómina

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Observación:
  1. En los casos que no figura apellido paterno y/o materno, se revisaron las bases de datos del IPS y del Servicio de Registro Civil e Identificación, no encontrando dicha información.
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