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Programas de Subsidios y Otros Beneficios Propios

A continuación se detalla el programa de subsidio de este Organismo (Instituto de Previsión Social), relativo a Pensión No Contributiva Ley de Exonerados Políticos.


Diseño del Subsidio o Beneficio
Objetivo del Subsidio
o Beneficio
Individualización del acto que estableció el programa
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona
Requisitos y antecedentes para postular
Monto global asignado
Período o plazo de postulación
Criterio de evaluación y asignación
Plazos asociados al procedimiento  de evaluación y asignación
Tipo
Denominación
Número
Fecha
(dd/mm/aaaa)
Link texto íntegro
Enlace a Nómina de Beneficiarios
Enlace a mayor información
División Beneficios, a la que le corresponde determinar el tipo y monto  de beneficios establecidos en la ley para las personas calificadas como exoneradas políticas por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, al que le corresponde también la concesión del beneficio. ver enlace MM$192.091 Desde: 12/08/1993 Hasta: 11/08/1994

Desde: 01/09/1998 Hasta: 30/08/1999

Desde: 01/07/2003 Hasta 30/06/2004

Plazo para postular cerrado, a partir del 01/07/2004
Pensión por gracia de carácter vitalicio que otorga el Presidente de la República a aquellas personas a las que se les ha otorgado el reconocimiento de exoneradas políticas. Los requisitos para acceder a ella, según la causal, son los siguientes:

Antiguedad:
Exonerados despedidos antes del 08/02/1979, deben acreditar 15 años de tiempo computable a la fecha de exoneración y los exonerados despedidos a contar del 09/02/1979, deben acreditar 20 años de tiempo computable a la fecha de exoneración.

Vejez:
60 años de edad para las mujeres y 65 años de edad para los hombres, y registrar un tiempo computable a la fecha de exoneración de 10 años.

Invalidez:
Declaración de invalidez física y/o mental de la COMPIN superior a 2/3 y acreditar un tiempo impositivo que depende del régimen previsional por el cual se calculará la pensión.

Sobrevivencia:
10 años de tiempo computable a la fecha de exoneración del causante.
Evaluación:
120 días.

Asignación:
Responsabilidad de la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Establece Beneficios previsionales por gracia para personas exoneradas por motivos políticos en lapso comprendido entre el 11/09/1973 y el 10/03/1990, y autoriza al Instituto de Normalización Previsional (actual IPS) para transigir extrajudicialmente en situaciones que señala.

(Plazo se encuentra cerrado)
Ley Establece Beneficios Previsionales por gracia para personas exoneradas por motivos políticos en lapso que indica y autoriza al Instituto de Normalización Previsional para transigir extrajudicialmente en situaciones que señala.

(Plazo se encuentra cerrado)
19.234

Modificada por las Leyes:

N°19.350 miscelánea, de 1994;

N°19.582, de 1998;

N°19.881, de 2003 (sólo amplía plazo para presentación de solicitud. Actualmente cerrado)
12/08/1993 ver enlace ver nómina

buscar en nómina
(1) y (2)
ver enlace
Observación:
  1. En los casos que no figura apellido paterno y/o materno, se revisaron las bases de datos del IPS y del Servicio de Registro Civil e Identificación, no encontrando dicha información.
  2. Información extraída de Sistema Computacional administrado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
  3. Ley N° 19.234, fue complementada por Ley N° 20.134, de 22/11/2006 (ver enlace), y Ley N° 20.403, de 30/11/2009 (ver enlace).

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