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Índice de actos y documentos calificados como secretos o reservados

A continuación se presenta el índice de actos y documentos calificados como secretos o reservados realizadas por este Organismo (Instituto de Previsión Social).

Nombre/título del acto, documento o información secreto o reservado Nombre/título del acto o resolución en que consta tal calificación Identificación de la parte del acto, documento o información secreto o reservado, en caso de ser parcial Fundamento legal y causal de secreto o reserva Fecha de notificación del acto o resolución denegatoria (dd/mm/aaaa) Enlace al acto o resolución en que consta la calificación
Entregar los correos electrónicos de los funcionarios del Instituto de Previsión Social y otros organismos públicos, para hacerles llegar a través de sus correos electrónicos una información de carácter religioso.
Correo Electrónico
No aplica
Los nombres de las cuentas de correos electrónicos podría generar intervenciones no deseadas en la red del IPS, relacionadas principalmente con SPAM, que pudiese afectar al Instituto y no aseguraría su debido resguardo, pues escaparía al control que hoy se ejerce sobre ellas. Así también, la entrega de la misma, afectaría los derechos del titular de la misma, en este caso el Instituto, particularmente, en lo relativo a la Seguridad de la Información. Causal de secreto o reserva del artículo 21º Nº1, de la Ley Nº20.285, en concordancia con el Nº2. Hecho estbalecido en la Resolución N°291 de fecha 11.07.2013. Asi también respecto de los teléfonos institucionales, este servicio está dotado de un sistema centralizado de rececpión teléfonica con la finalidad precisa de evitar distraer de sus funciones habituales a su personal y de esa forma dar espuesta los requirimeintos de los usuarios en forma oportuna, lo que esta en concordancia con Decisiones Amparo Rol C611-10 y C988-12, lo que acredita la causal de reserva contenidaa en el artículo 21 N°1 de la Ley N°20.285.
08/09/2014 ver enlace
Información relativa a las Pensiones percibidas por los ex-presidentes de la República de Chile, por mes, en el período comprendido entre enero 2012 y agosto 2013, ambos inclusive.
Resolución Exenta Nº451, de fecha 01 de julio de 2014, de la Dirección Nacional del Instituto de Previsión Social.
No aplica
El beneficio de jubilación que obtuvieron los afectados no pertenece a programas de subsidios u otros beneficios -que deben ser publicados por los órganos de la Administración del Estado- sino que corresponden al antiguo régimen previsional, que administra el IPS, constituido por un régimen de reparto, en el cual las pensiones se costean con aportes que realizan los trabajadores y que se conceden en la medida que cumplan con las exigencias legales respectivas. Tales derechos deben ser resguardados. Así también su publicidad, comunicación o conocimiento afecta los derechos de carácter comercial o económico, Ley N°19.628, de Protección a la Vida Privada y Artículo 21º Nº2 de la Ley N°20.285.
01/07/2014 ver enlace
"un informe del procedimiento de cálculo de la pensión no contributiva que se me ha concedido, donde se señale: 1.- Número y fecha de la resolución que aprobó el beneficio. 2.- Cuál fue el procedimiento aplicado en el cálculo de la pensión no contributiva. 3.- Cuál fue el procedimiento aplicado en la asimilación de grado para la pensión no contributiva. 4.- Cuáles fueron los cuerpos legales que sirvieron de base para todos los cálculos”. 
Correo electrónico
No aplica
No es posible acceder al expediente por encontrarse entregado al ........ con fecha 13/03/2014, por lo que es aplicable la causal de secreto o del artículo 21 N°1 letra b) de la Ley N°20.285 dado que se trata de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquellas sean públicos una vez que sean aprobadas.
07/05/2014 ver enlace

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